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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804902
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 901
PERMISOS DE RUTA PROVISIONALES, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA EXPEDICION DE LOS (ACTOS CONSUMADOS DE MANERA IRREPARABLE).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 901
Si se reclama en el amparo la expedición de permisos de ruta provisionales, y consta que se otorgó ya la concesión definitiva, debe estimarse que el acto reclamado quedó consumado de manera irreparable, por lo que procede sobreseer en el juicio de garantías, por concurrir la causa de improcedencia prevista en la fracción IX del artículo 73 de la Ley de Amparo. No es exacto que en el caso tenga aplicación la fracción X del artículo 73 citado, porque la misma claramente se refiere a los casos en los que los actos reclamados emanan de un procedimiento judicial; y tampoco puede estimarse que hayan cesado los efectos del acto consistente en el otorgamiento de los permisos provisionales, para poder considerar como aplicable la fracción XVI del precepto invocado, porque la expedición de la concesión es precisamente un efecto o consecuencia de la expedición de los permiso provisionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1137/53. "Línea de Automóviles Autorizados de Pasajeros", S. C. L. 7 de septiembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.