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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804967
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2735
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2735
Si está demostrado que el cheque no fue pagado por la institución girada, por falta de fondos del librador, se llega al convencimiento de que sí se acreditó el delito específico a que se refiere el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, independientemente de que se hubiera probado o no que ese cheque fue expedido como una garantía para el cumplimiento de una obligación.
Precedentes
Amparo penal directo 980/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. Relator: Luis G. Corona.