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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804975
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2759
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2759
La autoridad responsable puede hacer la declaratoria de certeza del tipo antijurídico de lesiones y la culpabilidad del agente en su perpetración, por haberse acreditado la causación material de resultado lesivo de la integridad corporal del ahora quejoso, sin que ocurriese lo mismo tratándose de la pretensión contingente del resarcimiento del daño proveniente del delito, si durante la substanciación del proceso, la parte lesa no pudo probar el daño sufrido, no obstante haberlo intentado.
Precedentes
Amparo penal directo 2750/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.