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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804978
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2766
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA (COACUSADOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2766
Es potestad de los jueces imprimir mayor o menor valor o importancia a las cuestiones objetivas y subjetivas relacionadas con los actos ilícitos, para deducir la mayor o menor peligrosidad de los inculpados, y, por lo mismo, no es obligatorio para ellos imponer a cada uno de los coacusados una penalidad con idéntica magnitud, cuando no haya identidad de circunstancias subjetivas y objetivas.
Precedentes
Amparo penal directo 3116/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.