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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de junio de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 98/2003-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
804986
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 152

COMPRAVENTA DE INMUEBLES QUE PASAN A PODER DE TERCEROS, RESCISION DE LA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 152

Precedentes

Amparo civil directo 2847/47. Ramos viuda de Argüello Benigna, suc. de. 7 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de junio de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 98/2003-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 804986