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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 804987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 177
TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL (ABUSO DE CONFIANZA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 177
Si las manifestaciones de un testigo no fueron categóricas, porque en distintas ocasiones cambió su contenido, ello las debilitó a tal extremo, que no pueden engendrar ninguna convicción en cuanto que el quejoso hubiera dispuesto de una cantidad de dinero, y, por lo mismo, no estuvo acreditado del primero de los elementos constitutivos del delito de abuso de confianza, de que se trata, con la probanza analizada.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1108/49. Rivero de Val Luis. 9 de enero de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y José Rebolledo. Relator: Luis G. Corona.