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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805022
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2854
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2854
El sobreseimiento dictado con respecto a unas autoridades no trasciende forzosamente respecto a otras, especialmente si aquél se refiere tan sólo a la expedición y publicación de la ley objetada; y si el sobreseimiento aludido no ha sido materia de la revisión interpuesta, por lo cual se impone la conclusión de que, si bien no hubo violación de garantías en la actividad original, desarrollada por el Poder Legislativo y Ejecutivo, sí puede existir dicha violación en lo que respecta a las autoridades hacendarias que aplican aquellos preceptos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 11/52 Sociedad Cooperativa Cine y Espectáculos del Teatro Río Blanco, S. C. L. 20 de agosto de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.