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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805046
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 415
SOBRESEIMIENTO EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 415
Decretado el sobreseimiento por un Juez de Distrito, en audiencia o fuera de ella, sus efectos se retrotraen a la fecha de la presentación de la demanda, y como la causa de improcedencia que lo motiva sólo significa que el quejoso carece de acción constitucional para promover el juicio, las violaciones procesales que se cometan en la secuela del mismo, en nada le perjudican, y siendo el elemento perjuicio la base del agravio, de recurrirse en revisión, debe confirmarse la sentencia del inferior que sobresea en el juicio.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8987/48. Sindicato de Trabajadores de la Construcción, Excavación, Similares y Conexos de la República Mexicana. 16 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.