Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/805057
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805057
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 750
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 750
Para que exista exceso en la legítima defensa, es indispensable que haya una agresión actual, violenta y sin derecho y de la cual resulte un peligro inminente, sin que el agredido provoque la agresión, dando causa inmediata y suficiente para ello, y que no lo haya previsto o podido evitar fácilmente por otros medios, además de que al repelerse dicha agresión, no haya habido necesidad racional del medio empleado en la defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 6235/50. García Ramos Guadalupe. 10 de septiembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.