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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805072
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3046
TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3046
La retractación de declaraciones por parte de los testigos de cargo, al llevarse a cabo el careo con uno de los testigos de descargo, no debe forzosamente conducir al desconocimiento del valor de la declaración objeto de la retractación, cuando la razón que se da para ello carece de consistencia, máxime si al practicarse anterior careo entre esos testigos de cargo y el acusado, sostuvieron sus declaraciones iniciales.
Precedentes
Amparo penal directo 3887/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.