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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 361
IMPUESTO DE IMPORTACION, NEGACION DE FRANQUICIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 361
La simple negativa de una franquicia de derechos de importación solicitada por quien cree tener derecho a ella, afecta los intereses y prerrogativas de la parte a quien se niega tal franquicia, pues establece la obligación del pago de los impuestos, influye en el monto de la operación de que se trata y determina la existencia de un crédito, así como las bases para su ulterior liquidación; por lo que no es necesario que se haya hecho efectivo el impuesto, para que hasta entonces proceda impugnar la resolución denegatoria.
Precedentes
Revisión fiscal 361/51. "La Latino Americana", Seguros de Vida, S. A. 30 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CIX, pág. 983. Revisión fiscal 4/51. La "Latino Americana" Compañía de Seguros sobre la Vida, S.A. 2 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Nicéforo Guerrero.