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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 805
PERITO TERCERO EN DISCORDIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 805
Debe estimarse que carece de valor el dictamen rendido por el perito tercero en discordia, si aparece fechado con anterioridad a la aceptación del cargo por dicho perito, lo que hace pensar que éste simplemente se adhirió al dictamen del perito de una de las partes, sin haberse enterado de los autos y de las pruebas rendidas.
Precedentes
Amparo civil directo 4951/49. Alarcón María de Jesús. 25 de febrero de 1950 Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.