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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805158
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3185
SEGUROS, APLICACION RETROACTIVA DE LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3185
El artículo 185 de la Ley sobre el Contrato de Seguros, está íntimamente relacionado con el 195 de la misma ley, pues este último no excluye la aplicación del anterior, sino antes bien, lo postula cuando dice que serán aplicables a los contratos celebrados con anterioridad, los artículos que por su número enuncia, "así como las demás disposiciones cuya aplicación no resulte retroactiva". Por tanto, el mencionado artículo 185 es aplicable a los contratos celebrados con anterioridad a la vigencia de la ley, si se demuestra que su aplicación no es retroactiva, con lo cual se satisface en primer término la condición impuesta por el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil directo 9291/41. Confederación del Canadá. 23 de noviembre de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Hilario Medina. Engrose: Vicente Santos Guajardo.