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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1414
SENTENCIAS PENALES, FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1414
Es infundado el concepto de violación relativo, si en la sentencia reclamada, la autoridad responsable tuvo en consideración todo lo que previene el artículo aplicable del Código Penal, y único que omitió fue citar el número del artículo, lo cual por sí solo no implica una violación de la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 7878/49. Rodríguez Guzmán Antonio. 11 de junio de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.