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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805175
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2817
PROCEDIMIENTO PENAL. VIOLACIONES AL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2817
Para amparar a una persona contra una violación a las leyes del procedimiento, motivada por una resolución dictada durante la instrucción de un proceso penal, es necesario que se demuestre que se infringió alguna ley procesal y que con ello se privó de defensa al acusado, mas faltando la primera de estas condiciones, es absurdo estudiar si concurre o no la segunda.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6144/48. Cuevas Ángel Matías. 24 de marzo de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.