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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805182
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 46
REIVINDICACION, TITULOS PARA LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 46
Cuando el reivindicante tiene un título de propiedad y no lo tiene la parte demandada, debe considerarse prueba suficiente de la propiedad, dicho título, pero siempre a condición de que el mismo sea de fecha anterior a la en que se haya iniciado la posesión de la parte demandada, porque si dicha posesión es anterior al título, éste es insuficiente para tener por comprobada la propiedad, requiriéndose entonces que el reivindicado exhiba un título de propiedad anterior a la posesión.
Precedentes
Amparo civil directo 9355/50. Uri Rodríguez López María. 2 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.