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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805201
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 57
IMPUESTO DEL OCHO POR CIENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 57
Los ordenamientos que imponen el impuesto del 8% no son de acción automática con su expedición y publicación y requieren para incurrir en violación de garantías individuales, un acto posterior de las autoridades.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3934/49. Compañía Maderera de Guerrero, S. A. 7 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Nicéforo Guerrero.
Quinta Epoca:
Tomo CX, página 605. Amparo administrativo en revisión 3875/49. "López Hermanos". 19 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.