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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805235
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1561
SEGURO SOCIAL. PATRON SUSTITUTO PARA LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1561
Para que se realice la figura jurídica de patrón sustituto, debe existir continuidad entre el negocio que se adquiera; por tanto comprobado que una empresa compró sólo los muebles, utensilios, etc., de un negocio similar, objetos que anteriormente fueron adquiridos en remate por los obreros del anterior, quienes después lo venden a la nueva empresa, es indudable que al comprobar esa empresa tales objetos, no se le puede considerar como patrón sustituto de la anterior.
Precedentes
Revisión fiscal 90/51. Instituto Mexicano del Seguro Social (Tejidos Paraíso, S. de R. L.). 26 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Guerrero. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.