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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1729
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1729
De acuerdo con el artículo 382 del Código Penal, el delito de abuso de confianza se configura si se integran sus elemento constitutivos, como son: disponer para sí o para otro, de cualquier cosa ajena mueble, de la que se le haya trasmitido la tenencia y no el dominio, es decir, violando la finalidad directa de la tenencia en tal forma, que el abusario obre como si fuera su dueño sea para apropiársela en forma de ilícita retención en que consiste el disponer para sí, o sea para apropiársela, enajenándola o gravándola, en lo que consiste el disponer para otro.
Precedentes
Amparo penal directo 9802/41. Arrubarena González Emilio. 3 de diciembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.