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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805263
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1360
DEMANDADO EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, SEÑALAMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1360
Los obreros no están obligados a conocer pormenorizadamente la calidad de la persona moral del patrón, ni el denominativo exacto de la empresa, bastando que identifiquen el lugar de trabajo y la naturaleza de la negociación en que hayan prestado sus servicios. Se llenan estos requisitos, si el actor en su demanda señaló como domicilio de la empresa demandada, el mismo que resultó ser el de la que posteriormente confesó el despido; señaló al director general, y además, la fuente de trabajo en que prestó sus servicios ha sido la misma, aun cuando dirigida y administrada por diversas empresas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8107/48. Martínez Cabrera Germán. 11 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agapito Pozo.