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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 116
AFOROS, VIGENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 116
Conforme al artículo 8o. del Reglamento del Comité de Aforos y Subsidios al Comercio Exterior, la tarifa publicada el día dieciséis del mes correspondiente, no puede surtir efectos desde el veintiuno del mismo, sino a partir del veintiuno del siguiente.
Precedentes
Amparo administrativo. Cía. Ganadera de Sahuarito, S. A. 3 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CV, página 597. Amparo 1870/49. Fernández García Mario. 20 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XCVII, página 1543. Amparo 2904/48. Bill Adams. 23 de agosto de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XC, página 2304. Amparo administrativo 7400/46. Compañía Exportadora e Importadora Mexicana. S. A. 2 de diciembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Téllez López.