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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1733
TESTIGOS EN MATERIA PENAL. (MENORES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1733
En el Código Federal de Procedimientos Penales, no hay disposición que establezca la nulidad del testimonio de los menores, rigiéndose en su valor probatorio, por lo que disponen los artículos 285 y 286 de la Ley Procesal en cita.
Precedentes
Amparo penal directo 4226/51. Apaulaza Tellería Rosendo. 3 de diciembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.