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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2150
COMISION MIXTA DE ESCALAFON, NO ES AUTORIDAD.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2150
La Comisión Mixta de Escalafón, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 inciso c), del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, tiene facultad para determinar qué personas deben ser ascendidas; sin embargo, carece de imperio para hacer cumplir sus determinaciones y la falta de este atributo esencial, obliga a considerar que la Comisión Mixta de Escalafón no es autoridad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4638/51. Brito Rosado Pedro C. 26 de marzo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.