Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/805394
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805394
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 385
FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 385
El hecho de que el Juez de Distrito haya enviado oficio al director del Catastro para averiguar cuál es el valor de los bienes que reclaman los quejosos y poder así tener una base para la fijación del monto de la fianza que deben otorgar éstos, ningún agravio causa al tercer interesado, ya que la resolución del Juez sólo tiende a ilustrarlo sobre la materia y a fijar la fianza con mejor conocimiento de los hechos, todo lo cual se traducen en beneficio de dicho tercero.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5302/49. Espíndola Concepción. 15 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.