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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 250
RETROACTIVIDAD DE LOS CODIGOS AGRARIOS, CONSTITUCIONALIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 250
La Suprema Corte de Justicia ha admitido la constitucionalidad de la aplicación de los Códigos Agrarios que han regido respecto de situaciones anteriores a su expedición. Las leyes agrarias orgánicas del artículo 27 constitucional, en cuanto se refieren a ejidos, son de orden público y, por tanto, su aplicación no es retroactiva aun cuando la existencia del derecho que regulan, sean anterior a ellas.
Precedentes
Amparo civil directo 5613/43. García Esquivel José. 18 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.