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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 78
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS (ACTUARIOS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 78
Cuando el actuario de una Junta omite hacer determinada notificación a un perito, ordenada en un proveído dictado en el expediente laboral, ello no releva a la parte actora de la obligación de promover para que se haga cumplir a dicho actuario lo mandado en tal proveído; y si no lo hace y transcurre un plazo mayor de tres, las Juntas tienen el deber de aplicar de oficio o a petición de parte, el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, o sea, de tener por desistida a la parte actora de la acción ejercitada en el juicio laboral.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5901/47. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 1o. de octubre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente y relator: Luis G. Corona.