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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805449
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 157
TRABAJADORES, REINSTALACION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 157
Cuando en la demanda laboral se exige del patrón el cumplimiento del contrato, esto jurídicamente equivale a la reinstalación en el trabajo que se desempeñaba por virtud de ese contrato. Por tanto, si la Junta condenó a reponer al demandado en el trabajo, del cual había sido separado, con ello procede legalmente, siendo infundado el alegato en el sentido de que su laudo es incongruente con lo pedido en la demanda, y violatorio del artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3696/46. Distribuidora Anáhuac, S. A. 4 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.