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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 158
SALARIOS VENCIDOS EN CASO DE REINSTALACION DEL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 158
El patrón que no prueba haber tenido causa legal para dejar de cumplir un contrato de trabajo, rescindiéndolo, está obligado a pagar los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta aquella en que se efectúe la reinstalación, sin limitarlos a sólo cincuenta y cuatro días, porque esto sólo procede cuando el actor reclama el pago de indemnización de tres meses por separación injustificada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3696/46. Distribuidora Anáhuac, S. A. 4 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.