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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
805460
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Tercera Parte; Pág. 20

AGRARIO. INFORME JUSTIFICADO. EL JUEZ DE DISTRITO NO ESTA FACULTADO Y MENOS AUN OBLIGADO A EXIGIR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE QUE LO RINDA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Tercera Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo en revisión 5231/72. Teresa Oliva Angeles de Montaño y otros. 19 de septiembre de 1974. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 4981/73. Eduardo Vázquez López y otros. 6 de septiembre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Fernando Lanz Cárdenas. Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "INFORME JUSTIFICADO EN EL AMPARO EN MATERIA AGRARIA, FALTA DE APLICACION DEL ARTICULO 149 DE LA LEY DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 805460