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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805497
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 522
RESPONSABILIDADES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS, EL CODIGO CIVIL NO ES APLICABLE TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 522
Es inexacto que la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios, por tener carácter penal, no ha derogado ni puede derogar los artículos 1910 y siguientes del Código Civil del Distrito Federal, y que los funcionarios federales de todas las clases se hallan sujetos a la responsabilidad civil definida en esos preceptos, pues el artículo 6o. transitorio, de aquella ley, dispone que se derogan, en cuanto se opongan a la misma, todas las leyes y disposiciones de carácter general referentes a responsabilidades de funcionarios y empleados públicos.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5222/47. Aguayo Lajoux Javier. 18 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.