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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805574
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 668
TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 668
Cuando las declaraciones de los testigos coinciden en lo sustancial, no debe negársele valor probatorio a su dicho porque no exista la misma coincidencia con respecto a un punto secundario; esto es, si en el caso los testigos coincidieron sustancialmente en que el trabajador la emprendió a golpes en contra del encargado de la negociación, no es óbice para negarle valor probatorio a la testimonial, el hecho de que los mismos testigos no recordaran el día en que tuvo lugar la riña, porque este dato es secundario y bien puede olvidarse por quienes la presenciaron, y sólo quedó grabada en su memoria la contienda entre el actor y el encargado de la negociación.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1454/48. Plasencia Alfonso. 21 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.