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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805595
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 738
REMATES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 738
Es indudable que el remate del inmueble embargado del que se dice propietario el quejoso, le causará perjuicios de difícil reparación y, por consiguiente, concurren en el caso los tres requisitos que establece el artículo 124 de la Ley de Amparo para que se conceda la suspensión definitiva; en la inteligencia de que no está obligado a probar de manera presuntiva que tiene interés en el acto reclamado, si no se trata de una suspensión pedida por extraño a un procedimiento, sino que el remate es la consecuencia del cumplimiento de una sentencia recaída en un juicio seguido precisamente contra él.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5212/48. Rodríguez Angel. 23 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.