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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805602
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 785
JUICIOS SUCESORIOS, COMPETENCIA TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 785
Conforme al artículo 156, fracción V, del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, es competente para conocer de los juicios sucesorios, el Juez del lugar del último domicilio del autor de la sucesión, y la competencia debe resolverse en su favor, sin que obste que el fallecimiento del autor de la herencia haya acaecido en otro lugar si, aunque esto sea cierto, también lo es que no era su domicilio.
Precedentes
Competencia 43/41. Suscitada entre los Jueces Sexto Menor del Distrito Federal y Civil del Primer Distrito Judicial de Cuernavaca, Morelos. 27 de octubre de 1948. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.