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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805636
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1032
SALARIOS, PRESCRIPCION DEL DERECHO PARA RECLAMAR EL PAGO DE DIFERENCIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1032
Cuando se reclama el pago de diferencias de salarios, es indebido que a tal acción se le declare prescrita, dizque porque es accesoria de la reinstalación, que también prescribe, esto es, que dicha acción accesoria debe seguir la suerte de la principal; porque la prestación reclamada de diferencias de salarios es de tracto sucesivo o continuo, que día a día puede exigirse y no prescribe sino un año después de que surge; por lo que si se opone la excepción de prescripción contra la referida acción, esto sólo opera respecto de las anteriores a un año de la fecha en que se ejercitó.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6171/46. Romo Flores Alberto. 5 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.