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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805652
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1201
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1201
No procedió legalmente la Junta responsable, al no decretar el desistimiento de la acción intentada por el actor porque el juicio estaba pendiente de la contestación que debía dar cierto sindicato a un oficio que se le dirigió, solicitándole informes; porque una vez que el procedimiento laboral permanece inactivo por más de tres meses, debe aplicarse el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo y, en consecuencia, tenerse por desistida de su acción a la parte actora.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3749/47. "Wells Fargo and Co. Express", S. A. 11 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.