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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1222
SUSPENSION PEDIDA POR EXTRAÑOS A UN PROCEDIMIENTO (CERTIFICACIONES NOTARIALES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1222
La certificación notarial que presentó el quejoso, como prueba del contrato de aparcería en que funda su interés jurídico, solamente prueba los hechos afirmados por el notario que expidió dicha certificación, a saber: que tuvo a la vista la minuta del contrato de aparcería a que se refiere el quejoso y que en él se dice tal o cual cosa; pero no prueba en forma alguna la existencia de dicho contrato de aparcería.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5258/48. Cajica José María. 12 de noviembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.