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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805668
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1231
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1231
Para fijar la contrafianza, no sólo debe tomarse en cuenta el valor del bien en disputa, sino los daños y perjuicios que se pueden seguir al quejoso con la ejecución el acto reclamado, entre los que figuran, cuando menos, los réditos que puede producir la cantidad a que ascienda, en el término de tres años, que es el asignado para la duración de la tramitación del juicio de amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 426/48. Gildred Theodore. 13 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.