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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1276
MINISTERIO PUBLICO, AMPARO PEDIDO CONTRA EL PEDIMENTO DEL, PARA QUE SE SUSPENDA EL PROCEDIMIENTO EN UN JUICIO MERCANTIL, A VIRTUD DE UN INCIDENTE PENAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1276
El amparo es notoriamente improcedente contra el acto atribuído al agente del Ministerio Público adscrito a un juzgado civil, consistente en la petición para que se suspenda el procedimiento en un juicio ejecutivo mercantil, en los términos que establece el artículo 483 del Código de Procedimientos Penales, en virtud de que el mencionado acto no tiene ejecución inmediata.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7427/48. Martínez de Alba Salvador. 16 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Vicente Santos Guajardo.