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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1428
SOBRESEIMIENTO POR CAMBIO DE SITUACION JURIDICA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1428
Si en un juicio de garantías se combate la admisión de una demanda de tercería, y en distinto amparo la misma parte quejosa impugnó la sentencia definitiva dictada en dicha tercería y obtuvo la protección federal, esto trae como consecuencia que deba estimarse que se ha operado un cambio definitivo en la situación jurídica relacionada con el actual amparo, dejándolo sin materia, motivo por el cual debe sobreseerse, por concurrir la causa de improcedencia prevista en la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7644/43. García y Caro Bernardo. 19 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.