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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1504
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS, CUANDO NO PROCEDE DECLARARLO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1504
Cuando una Junta por error, glosa en un expediente distinto, una carta poder del apoderado del actor, no puede decirse que el apoderado carece de personalidad en el juicio en cuyo expediente debió agregarse dicha carta poder, porque tal error de la Junta no le es imputable ni a la parte actora ni a su apoderado. Por tanto, si el poder fue otorgado en tiempo, son válidas las promociones hechas por el apoderado de la parte actora, aunque por error la carta poder hubiera estado glosada en distinto expediente, y no puede decirse que hubieran transcurrido los tres meses a que se refiere el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2614/48. Sindicato de Trabajadores de la Junta Administrativa de los Servicios de Agua y Drenaje de Tampico y Ciudad Madero. 22 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.