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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 2069
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA, EN LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 2069
El criterio individualizador de la pena, por parte de la autoridad sentenciadora, en segunda instancia, no puede ser omitido ni sustituido, por el criterio del Juez de los autos, pues esta función es privativa del juzgador.
Precedentes
Amparo penal directo 5987/49. Santana Benítez Emilio. 9 de diciembre de 1949. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.