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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1518
DESISTIMIENTO DE A ACCION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1518
Tratándose del desahogo de pruebas pendientes, debe existir promoción de la parte actora para que se realice, y de no hacerlo, debe tenérsele por desistida de su acción, de acuerdo con el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, si su inactividad dura tres meses o más.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6834/47. The Cananea Consolidated Copper Company, S. A. 20 de agosto de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Hermilo López Sánchez.