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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1808
TESTIGOS Y PERITOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, FALTA DE PRESENTACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1808
El artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, impone a las partes la obligación de presentar en la audiencia a que el mismo precepto legal se refiere, los testigos y peritos que pretendan ser oídos. Por tanto, si el actor no presentó a sus testigos ni a los peritos en la audiencia respectiva, ni señaló el domicilio de los primeros, no tampoco expresó el nombre de los segundos ni sus domicilios, la Junta responsable obró correctamente al desechar esas pruebas, en cumplimiento del referido artículo 524.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 371/48. Méndez Jiménez Reynaldo. 1o. de diciembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.