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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805912
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 313
RUTAS, CAMBIOS DE VEHICULOS EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 313
Los permisos de ruta, en los que debe constar la identidad del vehículo respectivo, como marca, tipo, capacidad, número de fábrica de motor, etcétera, son expedidos previo acuerdo del secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, o de la persona que éste designe (artículos 66 y 71 del Reglamento de Tránsito Federal), y es obvio que una modificación de dichos permisos, como es la sustitución del vehículo autorizado, y que en los términos del citado artículo 162 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, corresponde autorizar a la secretaría, sólo puede tener efecto mediante el acuerdo expreso del titular de dicha secretaría, o de la persona que designe.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7256/47. Sociedad Cooperativa de Transportes "Rutas Centrales", S. C. L. 12 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. La publicación no menciona el nombre del ponente.