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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1970
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO (AUTO DE FORMAL PRISION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1970
De la aprehensión del reo tiene que ocuparse únicamente el auto de formal prisión, relacionándola con los datos que proporciona la averiguación, a fin de determinar si el procesado continúa o no, sujeto a un procedimiento penal. Pero del aseguramiento de los valores que se señalaban como materia del delito, no tiene que ocuparse del auto de formal prisión, sino que tiene que ser objeto de acciones que, ya sea el Ministerio Público, o, en su caso, el acusado, tienen que ejercitar, a fin de que se investigue a quién corresponde la propiedad y posesión de esos valores.
Precedentes
Queja en amparo penal 360/48. Güereña Almada Ignacio. 6 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.