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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805958
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 646
TRABAJADORES DEL ESTADO, BOLETINACION DE LAS PLAZAS PARA ASCENSOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 646
No puede imputarse morosidad alguna al titular de una dependencia del Ejecutivo, tratándose de la expedición de los boletines de las vacantes definitivas, sino a los jefes de oficina y a las secciones sindicales. Tampoco puede atribuirse demora alguna a dicho secretario de Hacienda, por cuanto a la fijación de temas y de fecha para la prueba de eficiencia, ya que el cumplimiento de tales requisitos corresponde a la respectiva comisión de competencia, integrada por un representante oficial, un representante sindical y otro más por la Comisión Mixta de Escalafón.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7372/47. Núñez Malanco Francisco. 22 de abril de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.