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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 805965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 669
SINDICATOS PATRONALES QUE CONSTITUYEN EMPRESAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 669
No es de tomarse en consideración lo alegado en el sentido de que indebidamente se consideró por la autoridad sentenciadora, que el sindicato patronal quejoso constituye una empresa y, como tal, es responsable de los actos de los choferes que prestan sus servicios en los camiones de la propiedad de los agremiados; porque el sindicato patronal quejoso debe considerarse como empresa, ya que a su formación cooperan individuos que han aportado parte de sus intereses jurídicos y económicos, existe unidad en la dirección del sindicato, y el mismo procura un fin único y común a sus agremiados, características éstas que si no son exhaustivas de lo que jurídicamente debe entenderse por empresa, sí constituyen elementos muy principales.
Precedentes
Amparo penal directo 8970/45. Sindicato Patronal de la Línea de Autocamiones "Circuito Circunvalación". 23 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.