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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806020
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 973
TRABAJADORES, NO PRESCRIBE EL DERECHO DE LOS, PARA EXIGIR QUE SE LES ASIGNE LA PLAZA MAYOR QUE ESTEN DESEMPEÑANDO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 973
Si la acción que se ejercitó fue la de asignación de una plaza, fundándose en que el trabajador, a pesar de tener nombramiento de un puesto menos, desempeñaba las labores de aquel que pretendía se le asignara, la Junta no pudo legalmente estimar acreditada la excepción de prescripción opuesta, tomando indebidamente como punto de partida, la fecha en que dicho trabajador obtuvo su nombramiento, pues si se tiene en cuenta que el contrato de trabajo es de los que se llaman de tracto sucesivo, o sea que se realizan de momento a momento, el derecho a pretender el puesto que desempeñaba el trabajador y por tanto, la acción consiguiente, no podía prescribir mientras lo estuviera desempeñando.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3221/47. Estudillo Velázquez Armando. 29 de abril de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada y Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.