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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806040
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1163
RUTAS, PERMISOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1163
El artículo 8o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, no autoriza la modificación del programa de trabajos más que cada año, y por lo mismo, no puede sostenerse para conceder permisos de ruta, que el programa no comprende el número de permisos, los que deben ser determinados por la Comisión Técnica Consultiva, con relación a la economía de la región, sin que puedan estar éstas condiciones sujetas a un plan general no modificable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7178/47. Sociedad Cooperativa "Líneas Unidas del Norte", S. C. L. 10 de mayo de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.