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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 806060
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1316
SEPTIMO DIA SEMANAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1316
Como la semana se compone de siete días, y éstos son consecutivos y cada uno de ellos lleva distinto nombre, cuando se ejercita la acción de descanso semanal se está indicando que se exige el salario relativo al descanso del séptimo día o sea el que corresponde al obrero después de haber trabajado los otros seis de la semana.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6037/45. Espinosa Francisco. 2 de junio de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hermilo López Sánchez y Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Roque Estrada.